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Artículos Relevantes del Reglamento Estudiantil



Artículo 71. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES: Sin perjuicio de las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias que al respecto se profieran, predíquense de la calidad de estudiante los siguientes deberes:

 1) Conocer, acatar y respetar la visión, misión, principios, objetivos, y políticas institucionales sean estas académicas o administrativas así como siempre obrar de conformidad con ellos.
2) Conocer y cumplir a cabalidad los reglamentos de la Institución.
3) Preservar la integridad de los bienes y recursos de la Corporación y sufragar los costos por daños y/o perjuicios ocasionados.
4) Guardar una conducta ajustada a la moral y las buenas costumbres así como manejar relaciones respetuosas con los demás estudiantes de la Corporación, el personal docente, administrativo y directivo, y en general con toda la comunidad cunista.
5) Portar y refrendar cada periodo académico su carnet estudiantil atendiendo las disposiciones del artículo 111 y debiendo informar de manera inmediata cualquier pérdida o sustracción del mismo por intermedio del Centro de Atención al Estudiante o quien haga sus veces en las regionales de la Corporación.

PARÁGRAFO PRIMERO: El carnet estudiantil es una certificación permanente con vigencia de un periodo académico que debe ser renovado de manera constante por parte del estudiante conforme adquiera dicha condición al tenor del artículo 2 de este Reglamento. El mismo le faculta para identificarse ante la Institución y ante terceros como estudiante y le permite acceder a los servicios, trámites y procesos institucionales.
6) Pagar oportunamente el valor correspondiente a los derechos de matrícula así como los importes correspondientes a derechos pecuniarios y servicios académicos y administrativos cuando a ello hubiese lugar.
7) Asistir a las clases y demás actividades programadas por la Institución y que correspondan a sus asignaturas, cursos y/o prácticas profesionales o empresariales, presentar las pruebas previstas por la Corporación, realizar los trabajos prácticos y cumplir con las demás www.cun.edu.co obligaciones académicas que les sean asignadas por sus respectivos profesores o autoridades académicas competentes.

PARÁGRAFO SEGUNDO: No asistir a clases constituye un importante impedimento para alcanzar, con éxito, los objetivos académicos del curso, por ello el estudiante que no asista a clases asume íntegramente la responsabilidad por los resultados académicos derivados de ello. Los docentes llevarán un reporte de las fechas en que el estudiante no asiste a clases, y las reportará en el sistema previsto para ello.
8) Informarse continuamente sobre su situación académica y atender las necesidades de la misma.
9) Sugerir por medio de los conductos regulares de la Corporación mejoras y cambios al interior de los programas académicos.
10) Mantener un comportamiento ético y moral dentro y fuera de la Institución que le identifique como miembro de la comunidad cunista.
11) Respetar y proteger las creaciones intelectuales así como los derechos morales y patrimoniales de ellas derivados, por ello en manera alguna transgredirá los derechos y limitaciones consagrados en la normatividad constitucional, legal, reglamentaria, comunitaria e institucional de propiedad intelectual.
12) Presentar sus trabajos académicos y solicitudes formales con adecuada presentación estética y excelente ortografía.
13) Emplear el correo electrónico institucional así como demás herramientas tecnológicas de la Corporación.
14) Las demás contemplados en el presente Reglamento, el Estatuto Orgánico y reglamentos institucionales.

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